El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha recurrido la autorización del juez instructor del «caso Plus Ultra», José Luis Calama, para que la Policía Nacional investigue sus cuentas bancarias y las de su entorno. La defensa del exdirigente socialista sostiene que se trata de una habilitación «genérica» que «podría avalar una investigación prospectiva» y pide que se deje sin efecto.
En el recurso, tramitado ante el propio magistrado, el abogado de Zapatero, Víctor Moreno, solicita la suspensión cautelar de la autorización concedida a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y que no se cursen nuevos requerimientos a las entidades bancarias, al menos hasta que se resuelva el escrito. Calama dio luz verde la semana pasada a que los agentes «amplíen la información que se considere pertinente» sobre varias cuentas, incluidas las de las hijas del expresidente, Alba y Laura, su secretaria, Gertrudis Alcázar, y su socio Julio Martínez, también imputado y dueño de Análisis Relevante, una de las sociedades bajo sospecha.
La defensa argumenta que la información bancaria a la que Calama dio acceso «es muy extensa y se pide al máximo nivel de detalle». A su juicio, esa habilitación adicional a la UDEF «difumina el ámbito del objetivo que la propia resolución establece en el marco de una medida restrictiva de derechos fundamentales». El recurso subraya, además, que impide el control de esas peticiones tanto por la autoridad judicial como por las partes.
El escrito advierte de que una autorización genérica podría permitir una «indagación prospectiva» en cuestiones ajenas al proceso y vulnerar el derecho fundamental a la intimidad y a la protección de datos personales. «No se puede permitir, por la vía de esta amplia habilitación, que se analice una información potencialmente íntima sin autorización judicial ni la indagación prospectiva en cuestiones ajenas al proceso», añade el letrado. La defensa considera que analizar datos para fines distintos a los del objeto de la investigación podría socavar indebidamente el derecho a la intimidad y los datos personales del expresidente.
El abogado también reclama que se acote el período objeto de los requerimientos y que el marco temporal llegue «como máximo» hasta diciembre de 2025. Asimismo, pide que se deje sin efecto la extensión del requerimiento a las comunicaciones internas de la entidad bancaria y con el cliente, y que el juez fije un término final expreso para el período al que se refieren las peticiones de información.
En cuanto a la apertura de una pieza separada ordenada por Calama para custodiar la información bancaria, el recurso considera «sustancialmente correcto» que se haya adoptado esa medida. La defensa comparte que las cuentas bancarias «son reflejo de la vida íntima de una persona» y que existe en este proceso «un riesgo consustancial muy elevado de filtración de la información obtenida». En su resolución, el magistrado precisó que la documentación quedará depositada en ese ámbito restringido, a fin de proceder, en ese mismo marco, a la depuración y eliminación de los datos irrelevantes para la causa o susceptibles de afectar a la intimidad de las personas implicadas.
No obstante, el recurso pide que sea el letrado de la administración de justicia, bajo la supervisión del instructor, quien se encargue de la depuración del contenido y que se fijen con claridad los criterios para el expurgo. El escrito reclama, además, que la UDEF haga constar en sus informes no solo los datos que detecte favorables a la tesis policial, sino también todas las circunstancias y datos que resulten favorables para los investigados.
El recurso se enmarca en el «caso Plus Ultra», en el que el juez investiga presuntas irregularidades en el rescate de 53 millones de euros concedido por el Gobierno a la aerolínea Plus Ultra durante la pandemia. En esa causa, Calama sitúa a Zapatero como líder de una supuesta red de tráfico de influencias que habría obtenido beneficios económicos a cambio de influir en la concesión de la ayuda, hechos por los que acordó su imputación.
